LOS ODONTÓLOGOS PUEDEN HACER PUBLICIDAD EN MEDIOS DE INFORMACIÓN MASIVA, ENTRE ELLOS LAS REDES SOCIALES. PARA HACER PUBLICIDAD QUE IMPLIQUE DIFUSIÓN DE TRABAJOS ODONTOLÓGICOS, CIENTÍFICOS E INVESTIGATIVOS DEBEN CUMPLIR LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS EN LA CONSTITUCIÓN Y LA LEY.

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Aviso de suspensión de términos en el Tribunal Nacional de Ética Odontológica

En el periodo comprendido entre el lunes veintinueve (29) al miércoles treinta y uno (31) de marzo de 2021, fue decretada la suspensión de términos en el Tribunal Nacional de Ética Odontológica, con ocasión a la semana mayor. Debido a lo anterior, se cierra el despacho por el mismo término, y se atenderá al público a partir del lunes 05 … Read More

adminAviso de suspensión de términos en el Tribunal Nacional de Ética Odontológica

Aviso de suspensión de términos en el Tribunal Nacional de Ética Odontológica.

En la pasada Sala Plena del 17 de noviembre de 2020, de acuerdo a los lineamientos del Presidente; Germán Arturo Romero Silva, se decretó en el periodo comprendido entre el diecinueve (19) de diciembre del año dos mil veinte (2020) al trece (13) de enero de dos mil veintiuno (2021), la suspensión de términos en el Tribunal Nacional de Ética … Read More

adminAviso de suspensión de términos en el Tribunal Nacional de Ética Odontológica.

Comunicado No. 008 de fecha 27 de agosto de 2018 para la comunidad odontológica y sociedad colombiana. -La caducidad de la facultad sancionatoria atribuida a los tribunales de ética odontológica. El hecho o conducta instantánea y continuada. Diferencia entre hecho dañino continuado y secuela permanente. El dolor como manifestación de daño presente y continuado.-

adminComunicado No. 008 de fecha 27 de agosto de 2018 para la comunidad odontológica y sociedad colombiana. -La caducidad de la facultad sancionatoria atribuida a los tribunales de ética odontológica. El hecho o conducta instantánea y continuada. Diferencia entre hecho dañino continuado y secuela permanente. El dolor como manifestación de daño presente y continuado.-

Comunicado No. 007 de fecha 19 de julio de 2018 para la comunidad odontológica y sociedad colombiana. -El hecho de que un paciente pida e insista en que se le practique un procedimiento, si el odontólogo (i) sabe que el mismo está llamado al fracaso, (ii) es contraindicado o menoscaba el bienestar del paciente o (iii) el odontólogo no está capacitado para realizarlo, tal petición e insistencia no lo liberan de responsabilidad ni se consideran atenuantes, así el odontólogo haya advertido estas circunstancias al paciente, por razón de la autonomía profesional de los odontólogos, su responsabilidad frente a la salud del paciente y la posición dominante que el odontólogo ostenta respecto del paciente.-

adminComunicado No. 007 de fecha 19 de julio de 2018 para la comunidad odontológica y sociedad colombiana. -El hecho de que un paciente pida e insista en que se le practique un procedimiento, si el odontólogo (i) sabe que el mismo está llamado al fracaso, (ii) es contraindicado o menoscaba el bienestar del paciente o (iii) el odontólogo no está capacitado para realizarlo, tal petición e insistencia no lo liberan de responsabilidad ni se consideran atenuantes, así el odontólogo haya advertido estas circunstancias al paciente, por razón de la autonomía profesional de los odontólogos, su responsabilidad frente a la salud del paciente y la posición dominante que el odontólogo ostenta respecto del paciente.-

Comunicado No. 006 de fecha 19 de julio de 2018 para la comunidad odontológica y sociedad colombiana. -Indemnizar a un paciente a quien se han causado perjuicios por razón de la atención odontológica por mala praxis, no implica desistimiento del proceso disciplinario ético-profesional, pero sí constituye importante circunstancia atenuante para efectos de determinar la sanción.-

adminComunicado No. 006 de fecha 19 de julio de 2018 para la comunidad odontológica y sociedad colombiana. -Indemnizar a un paciente a quien se han causado perjuicios por razón de la atención odontológica por mala praxis, no implica desistimiento del proceso disciplinario ético-profesional, pero sí constituye importante circunstancia atenuante para efectos de determinar la sanción.-

Comunicado No. 005 de fecha 19 de julio de 2018 para la comunidad odontológica y sociedad colombiana. -Es falta gravísima contra la ética profesional ocasionar lesiones al paciente que dejen secuelas permanentes e irreversibles, como los son la pérdida de dientes. la ausencia de antecedentes disciplinarios es circunstancia atenuante-

adminComunicado No. 005 de fecha 19 de julio de 2018 para la comunidad odontológica y sociedad colombiana. -Es falta gravísima contra la ética profesional ocasionar lesiones al paciente que dejen secuelas permanentes e irreversibles, como los son la pérdida de dientes. la ausencia de antecedentes disciplinarios es circunstancia atenuante-

Comunicado No. 004 de fecha 19 de julio de 2018 para la comunidad odontológica y sociedad colombiana. -Hacerse responsable del paciente a quien se ha causado una lesión o afectación a la salud, para mitigarla, procurandole la atención de un odontólogo experto, constituye importante circunstancia atenuante para efectos de determinar la sanción-

adminComunicado No. 004 de fecha 19 de julio de 2018 para la comunidad odontológica y sociedad colombiana. -Hacerse responsable del paciente a quien se ha causado una lesión o afectación a la salud, para mitigarla, procurandole la atención de un odontólogo experto, constituye importante circunstancia atenuante para efectos de determinar la sanción-